Foro Virtual sobre Implementación SIPLAFT
Los funcionarios de la Entidad están disponibles para resolver sus inquietudes
Por Alberto Uribe - 20 de noviembre de 2018
El pasado 14 de noviembre, la SuperVigilancia informó que se esta trabajando con el SENA para la implementación de un diplomado para Empleados de Cumplimiento y SIPLAFT. Nos podrían informar como va ese tema y si es menester esperar a que ello se resuelva para hacer el diplomado que exige el anexo técnico?
Por Lina Marcela Vargas - 20 de noviembre de 2018
En caso de ser empresas con diferente NIT pero unificadas en procesos, se puede tener un mismo oficial de cumplimiento para las 3? el oficial esta con contrato laboral por solo una de ellas.
En caso de ser empresas con diferente NIT pero unificadas en procesos, se puede tener un mismo oficial de cumplimiento para las 3? el oficial esta con contrato laboral por solo una de ellas.
Por ALVARO - 20 de noviembre de 2018
Cuales son las implicaciones legales sobre el no cumplimiento del SIPLAFT en las empresas de vigilancia?
Por Danilo Alfonso Saavedra - 20 de noviembre de 2018
Las respuestas de cada una de las preguntas que se han efectuado, de que manera podemos acceder o obtener el resultado (respuesta).
Por Alberto Uribe - 20 de noviembre de 2018
Considero importante que la SuperVigilancia amplie mediante una Circular Externa, las calidades mínimas que debe cumplir el Empleado de Cumplimiento, esto toda vez que el anexo de la Circualar 465 es muy ambiguo al respecto.
Por Exyebid Toro Chaparro - 20 de noviembre de 2018
1. ¿El oficial de cumplimiento debe ser empleado o puede ser un tercero? que calidades o condiciones debe tener para poderlo nombrar en esa posición.
2. ¿El no tener el SIPLAFT o los elementos del anexo impide renovar la licencia?
3. ¿Que sanciones puede tener una empresa obligada que no implemente el SIPLAFT o los elementos descritos en el Anexo técnico?
4. Un Departamento de Seguridad conformado por xxx escoltas cada cuanto debemos presentar el reporte a la UIAF y a la Supervigilancia, ¿que contenidos?
5. ¿El no tener el SIPLAFT o los elementos del anexo impide renovar la licencia?
6. ¿Que sanciones puede tener una empresa obligada que no implemente el SIPLAFT o los elementos descritos en el Anexo técnico?
Por PEDRO ANDRÉS DÍAZ - 20 de noviembre de 2018
Por parte de la pruebas_supervigilancia se coordinara una nueva formación para oficiales de cumplimiento??
Buenas tardes cordial saludo, mediante el comité de oficiales de cumplimiento que se creó mediante la resolución 96787 de 2018 y los gremios del sector, se estará coordinando una etapa o ciclos de capacitación para los responsables de cumplimiento y así poder consolidar una gestión integral en la implementación de estos sistemas de riesgos de LA/FT.
Por Alberto Uribe - 20 de noviembre de 2018
La UIAF conceptuó que los empleados de cumplimiento de las empresas de vigilancia y seguridad privada no estan en la obligacion de hacer los AROS a través del SIREL; sin embargo la SuperVigilancia aun no se ha manifestado sobre el particular. ]Considero necesario que ustedes emitan una Circular Externa confirmando lo que dice la UIAF.
Buenas tardes, cordial saludo, esta Superintendencia le informa que no es obligatorio realizar los reportes AROS según criterio de la UIAF.
Por Elber Sosa - 20 de noviembre de 2018
del anexo técnico consolidado la pagina 2 línea de acción 10 sobre ROS dice : se reportara ...las Operaciones sospechosas que se logre inferir en ejercicio de las funciones desarrolladas por el departamento de seguridad.
Podrían por favor ampliar este contenido en la línea de acción 10
Buenos días.
El numeral 10 del anexo técnico dice que se debe reportar las operaciones sopechosas a la UIAF, donde se evidencien señales de alerta definidas por su empresa
Por Alberto Uribe - 20 de noviembre de 2018
La Circular 465 habla de implementar el SIPLAFT a clientes y proveedores... quiero saber si es obligatorio hacer SIPLAFT a los empleados de las empresas de vigilancia.
Buenos días, por supuesto que los sitemas de riesgos de LA/FT son para implementarse a todo el personal tal como lo dice la circular 465 de 2017. Le recomiendo leer la Circular y allí se aclara a quienes debe llegar la implementación del SIPLAFT, en todos los niveles