Foro Virtual sobre Implementación SIPLAFT
Los funcionarios de la Entidad están disponibles para resolver sus inquietudes
Por Carolina Rodríguez Aragón-Oficial de Cumplimiento - 20 de noviembre de 2018
Buenos días, El día 14 de noviembre durante la posesión de oficiales Bogotá, se divulgó el contenido de la Resolución 20182000096787 de 2018 de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad privada mediante la cual se crea el “Comité técnico de riesgos de cumplimiento de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo”, sin embargo, aún no está publicada en el link de la Supervigilancia, es pertinente su conocimiento, como parte del SIPLAFT de las compañías?.
Buenois días, cordial saludo, en la pestaña Normatividad - resoluciones digitar el numero de resolucion por favor
Aún no está disponible. Gracias
Por Alberto Uribe - 20 de noviembre de 2018
Quiero preguntar si dentro de los requisitos para ser empleado de cumplimiento, esta el de tener una profesión. La circular 465 y el Anexo Técnico no son claros en este punto y dicen que "...no importa la profesión que se tenga..."
Buenas tardes, La Supervigilancia al respecto sugiere tener conocimientos en seguridad privada y mas aún conocimientos en lavado de activos y financiación del terrorismo para desempeñar el cargo de oficial de cumplimiento y esta entidad ha sugerido como mínimo tomar los cursos virtuales que ofrece la UIAF en relación con estos asuntos. Mas alla de la profesión que se tenga, es tener la capacidad moral y los valores idoneos para poder administrar estos riesgos de corrupción y gobierno corporativo.
Por PEDRO ANDRÉS DÍAZ - 20 de noviembre de 2018
No he obtenido respuesta, me podrían confirmar
Señor Pedro buenos días, no se evidencia su inquietud. Volver a formularla por favor
Por Lina Marcela Vargas - 20 de noviembre de 2018
Me pueden confirmar si estamos habilitados ya en la UIAF para hacer reporte de AROS? La última respuesta que obtuve de la UIAF me decía que no somo obligados a hacer ese reporte pero la SVSP nos dijo que si eramos obligados.
La UIAF, mediante su linea de soporte ha establecido que la normatividad para el sector de vigilancia, no exige el reporte AROS, solo ROS, de acuerdo a los manuales e instructivos establecidos por la Unidad de Información, publicados en su página web.
buenos días, los AROS no son obligatorios reportarlos. Cordialmente
Buenas tardes, según criterio de la UIAF, No es obligatorio hacer los reportes AROS. Cordialmente
Por Beatriz Eugenia Calle - 20 de noviembre de 2018
La Supervigilancia nos ha informado acerca de la posibilidad de realizar el proceso de formación exigido en el anexo técnico para los oficiales de cumplimiento, de una capacitacion tipo diplomado de 90 horas minimo coordinada por dicha Superintendencia. Que fechas pueden darnos para programarnos colocarla en el plan de capacitacion y poder dar cumplimiento a éste requisito.
Por VICTOR BARAHONA - 20 de noviembre de 2018
Como puedo verificar la evaluación periódica de las medidas del SIPLAFT, sobre la información suministrada por los clientes activos en desarrollo de las actividades económicas?
buenos días, usted como gestor del sistema deberá realizar evaluaciones periodicas (6 meses) en relación al mapa de riesgos identificado por su empresa
Por victor hugo gutierrez - 20 de noviembre de 2018
Buen día, seria importante que las respuestas las monten en el mismo foro para tener conocimiento de los comentarios y no que sean enviadas a cada correo.
Muchas gracias por tener en cuanta la sugerencia.
Por Exyebid Toro Chaparro - 20 de noviembre de 2018
1. Una persona puede ser responsable de cumplimiento para varios departamentos de seguridad o empresas de vigilancia
2. Para los departamentos que llevan mas de 4 meses en que la pruebas_supervigilancia les dio la resolución y aun no han empezado el proceso frente a la UIAF y Supervigilancia que deben hacer
3. La implementación del LA/FA al interior del departamento de seguridad en que consiste
4. Que debe hacer el responsable de cumplimiento de un Departamento de Seguridad en la implementación del LA/FA al interior de la empresa, hasta donde es su alcance
Por VICTOR BARAHONA - 20 de noviembre de 2018
Por Damians correales ibarra - 20 de noviembre de 2018
Buenos días, quisiera saber que pasa si a la fecha una empresa no ha nombrado oficial de cumplimiento, que pasos debe seguir y como se debe proceder con el tema de la capacitación, ya que como lo han expuesto en el presente foro la fecha ya se vencio.
Buenos días cordial saludo, lo que esta sucediendo con su empresa es que a la fecha se esta incumpliendo con la implementación de la norma. La idea es que en reunión de junta de socios o junta directiva u organo equivalente, nombre un oficial de cumplimiento y un suplente, posterior a esto se debe capacitar a todo el personal de la compañia en estos temas de LA/FT. Por último dar suma prioridad al cumplimiento de los doce (12) pasos que se evidencian en el anexo técnico consolidado que esta en la página de la Supervigilancia.